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Gastos escolares que se pueden deducir de impuestos

El SAT informó sobre los requerimientos para poder tramitar los beneficios fiscales

Por: José García

MÉRIDA, Yucatán.- Ante el inicio del ciclo escolar 2024-2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las familias que hay gastos escolares  que se pueden deducir de impuestos, esto quiere decir que no se paga el gravamen a ciertos servicios académicos, lo que es de gran apoyo para la economía familiar durante este regreso a clases.


En un documento publicado en el sitio del gobierno federal, el SAT informa que se pueden deducir de impuestos en la declaración anual los pagos por concepto de colegiatura y transporte escolar, cuando este sea obligatorio. Asimismo, se precisa que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.

Por el contrario, los productos que no son deducibles de impuestos son útiles escolares y papelería, uniformes y calzado, así como las cuotas de inscripción o reinscripción.

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La autoridad fiscal detalló que para que los gastos deducibles sean válidos, deben pagarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito/débito y agregó que los pagos en efectivo no son aceptados.

También se deben presentar las facturas electrónicas o archivos XML validados por el SAT correspondientes al presente año para realizar el trámite.